Lady Chichén Itzá pagó cinco mil pesos y se fue
MÉRIDA, Yucatán.- Lady Chichén Itzá, como se conoce a la turista que subió ilegalmente a la pirámide o Castillo de Kukulcán, recibió una multa de apenas cinco mil pesos, que le impusieron las autoridades de Pisté, ante las cuales fue remitida por su falta.
Sin embargo, las autoridades del INAH informaron que ya abrieron un expediente por este caso que ocurrió el domingo en la zona arqueológica reconocisa mundialmente. Es patrimonio de la humanidad y además una de las Siete Nuevas Maravillas del Mundo Moderno.
Algunos medios nacionales mencionan que el INAH podría imponerle una multa de hasta 100 mil pesos.
Aunque Lady Chichén Itzá dijo que es española, ante las autoridades de Tinum, municipio yucateco al que pertece la zona arqueológica, tuvo que reconocer que es mexicana. Fue liberada tras pagar la multa de cinco mil pesos que le impusieron ahí en la comandancia de Pisté, que es el poblado donde está el sitio arqueológico.
La mujer subió al Castillo de Chichén Itzá en medio de gritos de reprobación de los demás turistas. Desde que empezó a subir los primeros escalones le pidieron que no lo hiciera y que bajara, pero ella continuó hasta llegar a lo más alto, donde incluso bailó para burlarse de la multitud.
Al bajar la recibieron con insultos y gritos de «sacrificio» «cárcel» y hasta mentadas de madre. Algunos fueron más y le lanzaron agua, botellas y hasta la jalaron del pelo mientras dos mujeres custodios la sacaban de la zona arqueológica.
José Arturo Chab Cárdenas, jefe jurídico del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) en Yucatán, dijo que se abrió un expediente por la infracción a la Ley Federal de Monumentos y Zonas Arqueológicas, Artísticas e Históricas.
Las sanciones pueden ir de tres y hasta diez años de cárcel.
El artículo 47 de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos menciona que aquella persona que realice trabajos materiales de exploración arqueológica, por excavación, remoción o por cualquier otro medio, en monumentos arqueológicos inmuebles, o en zonas de monumentos arqueológicos, sin la autorización del Instituto Nacional de Antropología e Historia, se le impondrá prisión de tres a diez años y de mil a tres mil días multa.
De igual manera, el artículo 52 señala que las personas que alteren o destruyan un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa hasta por el valor del daño causado.
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