Rescatan aves exóticas en centro de acopio clandestino
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró un total de 53 aves exóticas pertenecientes a la familia Psittacidae, en inspección realizada a un predio particular utilizado como centro de acopio clandestino en la ciudad de Mérida, Yucatán.
El aseguramiento se determinó ya que el presunto infractor no presentó la documentación que amparara la legal procedencia de los ejemplares, de conformidad con los requisitos establecidos por el artículo 51 la Ley General de Vida Silvestre (LGVS), y porque el sitio inspeccionado carece de registro alguno expedido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En la inspección, personal de la PROFEPA detectó que las aves exóticas se encontraban de manera hacinada en 19 jaulas de distintas características; además se obtuvo información de que presuntamente los ejemplares serían comercializados en un mercado de la ciudad de Mérida, donde labora el inspeccionado.
De las aves exóticas aseguradas, 33 ejemplares se encuentran regulados por la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre (CITES), la cual tiene como finalidad velar porque el comercio internacional de especímenes de animales y plantas silvestres no constituyan una amenaza para su supervivencia.
Según estimaciones, el valor aproximado de dichos ejemplares de vida silvestre en el mercado negro puede ascender a 264 mil 500 pesos.
Los 53 ejemplares de aves exóticas aseguradas fueron canalizados para su resguardo al Parque Zoológico del Centenario, ubicado en la ciudad de Mérida, que cuenta con instalaciones adecuadas para su atención y cuidados, en tanto se determina su situación legal.
La LGVS establece que poseer ejemplares de la vida silvestre fuera de su hábitat natural y sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia o en contravención a las disposiciones para su manejo establecidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), constituye una infracción que puede ser sancionada con multa equivalente de 50 a 50 mil días la Unidad de Medida y Actualización.
Además, el Código Penal Federal establece pena de 1 a 9 años de prisión a quien realice actividades con fines de tráfico, capture, posea, transporte, acopie, introduzca al país o extraiga del mismo, algún ejemplar de vida silvestre considerado amenazado, en peligro de extinción, sujeto a protección especial, o regulado por algún tratado internacional del que México sea parte.
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