Sentencia ejemplar de 48 años de cárcel para el asesino de un taxista
El Tribunal Segundo de Juicio Oral impuso 48 años de prisión a Víctor Manuel Gómez Polanco, acusado de dar muerte a un chofer de las plataformas InDriver y DiDi.
La sentencia, de las más altas dictadas en Yucatán para un homicidio, llega luego de un juicio oral que inició el pasado 7 de agosto, tras el cual se le encontró penalmente responsable de los delitos de homicidio calificado, robo cometido con violencia y robo de vehículo automotor cometido con violencia.
Los integrantes de este Tribunal suspendieron los derechos políticos del sentenciado (de 24 años de edad cuando ocurrió el crimen) , le negaron los beneficios sustitutivos de prisión y le impusieron una multa de $33,458.00 M.N.
Los Jueces que conforman el Tribunal Segundo de Enjuiciamiento, Verónica de Jesús Burgos Pérez, María del Socorro Tamayo Aranda y Sergio Javier Marfil Gómez, determinaron también el pago de la reparación del daño por la cantidad de $4,338,000 M.N.
Durante los días que duró este juicio oral, los Jueces y Juezas de este Tribunal apreciaron las pruebas, peritajes y testimonios de forma directa e imparcial, así como también escucharon los alegatos de la defensa, que infructuosamente intento en su momento la reclasificación de los cargos por el de homicidio agravado, que se castiga con menos años de cárcel, argumentando que mató para robarle al taxista, pero se precisó que le disparó cuando ya tenía el auto y otras pertenencias de la víctima.
La acusación objeto del juicio se basó en los siguientes hechos:
«Que el día 3 de mayo de 2019, el acusado, en compañía de una persona de sexo masculino, se puso de acuerdo para apoderarse de un vehículo, para lo cual solicitaron un servicio de transporte por aplicación digital, el cual arribó entre las 22:00 horas y 22:30 horas, a calles del Centro de Mérida.
Dicho vehículo, de marca Chevrolet, tipo Beat, era conducido por la hoy víctima, Edgar Armando González Meneses, de 27 años, mismo vehículo que abordaron el hoy sentenciado y su acompañante y se dirigieron hacia la comisaría Hubilá, perteneciente a Tixkokob.
Es el caso que al estar a la altura de la carretera Euán-Ekmul, por medio de la violencia moral y con un arma de fuego, despojaron al referido chofer del vehículo y se apoderaron del mismo, así como de un teléfono celular que traía consigo.
Instantes después, en ese mismo territorio, el acusado privó de la vida a la víctima utilizando un arma de fuego, determinándose como causa de muerte traumatismo craneoencefálico secundario a herida por arma de fuego, según peritaje de la Fiscalía Estatal».
El otro acusado, Luis Alberto Chablé Torres, no fue acusado del crimen, sino por los delitos de robo calificado cometido con violencia y robo de vehículo automotor, toda vez que resuntamente no sabía que el otro sujeto tenía intenciones de asesinar al chofer, pues el plan original era solo asaltarlo y despojarlo del auto.
De hecho, estuvo colaborando con el esclarecimiento de los hechos y con sus testimonios se ejecutó la orden de aprehensión contra el asesino material e intelectual.
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